Santa Ana aplicará amnistía tributaria a partir de 1 de diciembre

Santa Ana aplicará amnistía tributaria a partir de 1 de diciembre

La Municipalidad de Santa Ana les informa a todos sus contribuyentes que, a partir del 01 de diciembre, aplicará la amnistía tributaria, que consiste en la condonación de todas aquellas deudas por intereses, recargos y multas provenientes de los impuestos, tasas y servicios municipales.

Esto con el fin de brindar un alivio financiero ante la situación de la Pandemia por el COVID-19, disminuir la morosidad y facilitar la recaudación para el desarrollo del cantón.

Lo anterior, de conformidad con el acuerdo adoptado por el Concejo Municipal en la Sesión Ordinaria N°81, del 16 de noviembre de 2021, con base en la Ley 10026, denominada “Autorización municipal para promover la disminución de la morosidad de sus contribuyentes y facilitar la recaudación”.

Las condiciones para aplicar por el beneficio de la amnistía tributaria son las siguientes:

1.El contribuyente debe de realizar la solicitud del beneficio de forma presencial en las oficinas del Proceso de Cobros o vía digital mediante el correo electrónico This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.

2.Para poder gozar del beneficio, se debe de cancelar la totalidad de la deuda al I trimestre del 2021 por concepto de impuestos municipales y tasas. O formalizar un arreglo pago hasta por un máximo de 24 meses, cancelando el 20% del saldo principal adeudado. 

3.La persona que incumpla con el arreglo de pago perderá el derecho a la amnistía. Se cargará en el sistema nuevamente la totalidad por multas, intereses y recargos.

4.Para las personas que se encuentren en cobro extra o judicial y presenten la solicitud del beneficio, previamente deberán cancelar los gastos por honorarios, costas, peritajes y cualquier otro gasto que haya incurrido la municipalidad.

5.La amnistía es para la condonación de recargos, intereses y multas por concepto de impuestos y tasas municipales.

6.Las personas que se acojan a esta Ley referente a la omisión a los deberes urbanos deberán de presentar documento oficial solicitando acogerse al beneficio, cancelar la deuda de

servicios al 31 de marzo de 2021 y solicitar el levantamiento de la acción ante la Gestión de Ordenamiento Territorial de la Municipalidad.

7.La presente amnistía tributaria no aplica para casos de recargos, intereses y multas por concepto del impuesto de construcciones o infracciones a la Ley9047 de Regulación y

Comercialización de Bebidas Alcohólicas.

8.La Municipalidad de Santa Ana aplicará dicha amnistía en el periodo comprendido del 01de diciembre de 2021 y hasta el 08 de julio de 2022.

Para más información pueden comunicarse a los teléfonos 2582-7231 /2582-7232, vía WhatsApp al 8368-1643 o a los correos electrónicos This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it. / This email address is being protected from spambots. You need JavaScript enabled to view it.